Formas e instrucciones
¿Puede un Venezolano autopeticionarse para el Parole Humanitario de Venezuela?
¿Quién puede ser un patrocinador o personal de apoyo para pedirte el Parole Humanitario de Venezuela?
I-914, Solicitud para estatus T de no-inmigrante
¿Cuales son los formularios necesarios para obtener una T visa ?
Formulario I -914, Aplicación para T inmigrante estado .
Tres fotografías de tamaño pasaporte.
Una declaración personal explicando como la persona fue una víctima de trata de seres humanos (en el Formulario I-914).
Evidencia para mostrar que el aplicante satisface los requisitos para ser elegible.
Es recomendado que el aplicante también complete el Formulario I -914, Supplement B, Declaración de Oficial de la Ley para Víctimas de trata de seres humanos.
Este formulario muestra que el aplicante corespondió con la adminstración de ley, que ayuda los chances de alguien obteniendo una a T visa de USCIS.
¿Qué es una T visa?
Una T visa es hecho para inmigrantes que son víctimas de crimen, quienes han traficado a los EE.UU.
Una T visa es una visa temporaria que fue constituida para ayudar a víctimas de trata de seres humanos sobrevivir mientras escapando conflictos resultando ya sea de su presente circunstancia o a la regresa a su país de origin.
T visas también fueron desarrolladas en un esfuerzo para aumentar el numero de personas que están dispuestos a buscar ayuda de situaciones de trata de seres humanos.
¿Los familiares de T visa recipientes pueden estar protejidos?
Si eres menor de 21, usted podra peticionar en nombre de tu cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18.
Si eres mayor de 21, usted podra peticionar en nombre de tu cónyuge y hijos.
Para peticionar, usted debe de proponer un Formulario I -914, Supplement A, Aplicación para un miembro de la familia inmediato de T -1 Recipiente.
¿Cuáles son los requisitos para ser elegible para obtener una T visa?
Aplicantes deben demostrar que son víctimas de trata de seres humanos internacional. Esto se significa que ellos no estarían en los EE.UU. si no fuera por un incidente de trata de seres humanos.
Uno es traficado si cumple con al menos de uno de los criterios en los siguientes tres elementos:
1) Proceso por el cual la persona fue traficada: contratación, transportación, transferir, albergar, o recibir una persona.
2) Formas y maneras por cual la persona fue traficada: amenazado, coerción, secuestro, fraude, engaño, decepción, o abuso de poder.
3) Metas de el traficante: prostitución, porno, violencia y explotación sexual, labor forzado, o la servidumbre por deudas.
Aplicantes deben de complir con cualquier requesta razonable pedido por la agencia del orden publico para asistencia con investigaciones o persecución de trata de seres humanos.
¿Cómo es diferente la T visa que la U visa?
Uno solo puede aplicar para una T visa si ha estado involucrado en trata de seres humanos internacionales. 
Para obtener una T visa, uno no necesita “Certificación de amibilidad”, significando que no necesitan participar tanto en la investigación rodeando la trata de seres humanos.
Aplicantes de la T visas deben de mostrar que les va costar demasiado sufrimiento si les niegan la visa (mientras aplicantes de U visas deben mostrar abuso sustancial). “Demasiado Sufrimiento” incluye:
- Necesidades médicas
- Víctimas culpando practicas en el país de origen.
- Otros factores en particular con el caso
Resorce:
I-824, Solicitud de Acción en una Solicitud o Petición Aprobada
Utilice este formulario para solicitar acciones adicionales en una solicitud o petición previamente aprobada.
No procesaremos su Formulario I-824 si su petición o solicitud aún está pendiente o ha sido denegada.
¿Dónde enviar?
Consulte nuestra página Direcciones de presentación directa para el Formulario I-824, Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada para obtener información sobre dónde enviar su solicitud por correo.
Las solicitudes que no se envían a la dirección de presentación directa adecuada pueden experimentar demoras en el procesamiento.
Consejos para la presentación: Vaya a nuestra página de Consejos para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo asegurarse de que aceptaremos su formulario.
Consejos para presentar el Formulario I-824, Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si faltan estos campos:
Parte 3 - Otra información Número de recibo (en el Formulario I-797, Aviso de acción)
No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Tarifa de presentación
$465.
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una caja de seguridad de USCIS, también puede pagar con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre de los EE. UU. Departamento de Seguridad Nacional.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud.
Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
Para obtener más información sobre las actualizaciones del Formulario I-485.
¿Dónde enviar?
El lugar donde presenta su Formulario I-485 depende de su categoría de elegibilidad. Vaya a nuestra página de presentación directa para el Formulario I-485 para ver dónde debe presentar su solicitud.
Consejos para la presentación: Vaya a nuestra página de Consejos para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo ayudar a garantizar que aceptaremos su solicitud.
No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Si presenta su solicitud en una caja de seguridad de USCIS, es posible que no reciba un número A en su Formulario I-797, Notificación de acción, debido a un cambio en nuestro proceso comercial. En estos casos, le enviaremos su Número A en un segundo aviso unos días después de aceptar su solicitud.
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Consejos para la presentación: Vaya a nuestra página de Consejos para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo ayudar a garantizar que aceptaremos su solicitud.
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No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
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Si presenta su solicitud en una caja de seguridad de USCIS, es posible que no reciba un número A en su Formulario I-797, Notificación de acción, debido a un cambio en nuestro proceso comercial. En estos casos, le enviaremos su Número A en un segundo aviso unos días después de aceptar su solicitud.
¿Cuándo enviar?
Ahorre tiempo presentando el Formulario I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación, con el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Por lo general, consideramos que un Formulario I-693 completado conserva su valor probatorio durante dos años después de la fecha en que el cirujano civil firmó el Formulario I-693. A partir del 9 de diciembre de 2021 hasta el 31 de marzo de 2023, estamos renunciando temporalmente al requisito de que la firma del cirujano civil tenga una fecha no mayor a 60 días antes de que presente su Formulario I-485.
No está obligado a presentar el Formulario I-693 al mismo tiempo que presenta el Formulario I-485. Si bien algunos solicitantes tienen la intención de llevar su Formulario I-693 completo a su entrevista, es posible que algunas solicitudes no requieran una entrevista. Tomamos decisiones para renunciar a las entrevistas caso por caso.
Presentar el Formulario I-485 y el Formulario I-693 al mismo tiempo puede eliminar la necesidad de que emitamos una Solicitud de Evidencia para obtener su Formulario I-693. Esto también puede ayudar a evitar demoras en la adjudicación si decidimos que no es necesario que lo entrevistemos.
Tarifa de presentación
La tarifa de presentación varía. Consulte la tabla a continuación para conocer las tarifas de presentación según su categoría.
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una caja de seguridad de USCIS, también puede pagar con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud. Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
Lea nuestra página Pago de tarifas de USCIS para obtener más detalles.
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Si usted es…
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Menores de 14 años y presentación con el Formulario I-485 solicitud de al menos uno de los padres
Tarifa de formulario: $ 750
Tarifa de servicios biométricos: $0
Total :$750 ​
Si usted es…
Menores de 14 años y que no presenten la solicitud del Formulario I-485 de al menos uno de los padres.
Tarifa de formulario: $ 1,140
Tarifa de servicios biométricos: $0
Total :$1,140 ​
Si usted es…
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14–78 años
Tarifa de formulario: $ 1,140
Tarifa de servicios biométricos: $85
Total :$1,225 ​
Si usted es…
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79 años o más
Tarifa de formulario: $ 1,140
Tarifa de servicios biométricos: $0
Total :$1,140 ​
Si usted es…
Presentación del Formulario I-485 basado en haber sido admitido en los Estados Unidos como refugiado
Tarifa de formulario: $0
Tarifa de servicios biométricos: $0
Total :$0
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Listado requerido de evidencia inicial
N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía
Utilice este formulario para solicitar un Certificado de Ciudadanía.
¿Dónde enviar?
Tiene dos opciones para presentar su Formulario N-600 con USCIS:
-
En línea, utilizando un formulario de solicitud electrónico; o
-
Por correo, utilizando un formulario de solicitud en papel.
1. Presentar su Formulario N-600 en línea
Si está solicitando desde fuera de los EE. UU., está solicitando una exención de tarifas, o es miembro o veterano de cualquier rama de las fuerzas armadas de los EE. UU. presentando en su propio nombre, actualmente no puede presentar su Formulario N-600 en línea. Consulte la sección 2 a continuación para saber cómo presentar su formulario por correo.
Debe crear una cuenta en línea para presentar su Formulario N-600 en línea. A través de su cuenta en línea, usted puede:
-
Pague su tarifa de presentación;
-
Envíe fotos tipo pasaporte;
-
Consultar el estado de su caso;
-
Recibir notificaciones y actualizaciones de casos;
-
Responder a las solicitudes de prueba;
-
y Administre su información de contacto, incluida la actualización de su dirección. Los abogados y representantes acreditados también pueden crear una cuenta en línea, lo que les permitirá administrar todas las solicitudes de sus clientes en un solo lugar.
2. Presentar su Formulario N-600 por correo
Si realiza la presentación en papel, presenta la solicitud desde fuera de los Estados Unidos, es miembro o veterano de cualquier rama de las fuerzas armadas de los EE. UU. y presenta la presentación en su propio nombre, o solicita una exención de tarifas, debe enviar su solicitud por correo a USCIS utilizando uno de las direcciones de correo indicadas:

Fotografías
Ya no necesita enviar fotografías con su solicitud a menos que resida fuera de los Estados Unidos, incluidos los miembros del servicio militar que residen fuera de los Estados Unidos. Los solicitantes que residan fuera de los Estados Unidos deben presentar dos fotografías idénticas a color tipo pasaporte.
Si reside en los Estados Unidos, recibirá una cita en un centro de soporte de aplicaciones (ASC) local para tomar sus fotografías.
Consejos para presentar el Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía
Complete todas las secciones del formulario y envíe toda la documentación relacionada. Rechazaremos el formulario si faltan estos campos:
-
Parte 1: información sobre su elegibilidad Marque solo UN casilla en la Parte 1. Si marca varias casillas en la Parte 1, USCIS rechazará su Formulario N-600 y se lo devolverá para que lo corrija y lo vuelva a presentar.
-
Su firma como solicitante. Si es padre o tutor legal y completa el Formulario N-600 para un niño menor de 14 años, debe firmar en la Parte 8.
-
Si está completando el Formulario N-600 para un solicitante, debe completar y firmar la sección designada en la Parte 10, Información de contacto, Declaración y firma de la persona que prepara esta solicitud, si no es el solicitante.
Si envía el Formulario N-600 en papel, recibirá un Aviso de aceptación de cuenta de USCIS por correo con instrucciones sobre cómo crear una cuenta en línea para rastrear y administrar su caso. Procesaremos su solicitud incluso si no crea una cuenta en línea, pero lo alentamos a que cree y acceda a su cuenta en línea. Continuaremos enviándole copias de las notificaciones sobre su caso.
Sugerencias para la presentación: vaya a nuestra página de Sugerencias para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo garantizar que aceptemos su solicitud.
No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Tarifa de presentación
$1,170.
(Esta tarifa se aplica incluso si presenta la solicitud como hijo adoptivo o como hijo de un veterano o miembro de las fuerzas armadas de los EE. UU.).
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una instalación de USCIS Lockbox, también puede pagar con tarjeta de crédito utilizando el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud. Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
Nota: No hay tarifa si es miembro o veterano de las fuerzas armadas de los EE. UU., pero debe presentar un comprobante de servicio.
Lea nuestra página Pago de tarifas de inmigración para obtener información sobre cómo pagar la tarifa.
I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
Use este formulario para solicitar que consideremos otorgarle o renovarle la acción diferida, caso por caso, con las guías descritas en la regla final.
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La “acción diferida” es un acto de discreción procesal para aplazar la remoción de una persona. Las personas que reciben acción diferida no enfrentarán procesos de deportación ni serán removidos de Estados Unidos por un período de tiempo específico, a menos que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) decida cancelar la actual concesión de DACA. Las personas que vayan a presentar el Formulario I-821D también deben presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo y el Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo del Formulario I-765 (PDF, 243.14 KB).
Formularios
Formulario I-821D (en inglés) (PDF, 530.99 KB)
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Instrucciones para Formulario I-821D (en inglés) (PDF, 473.69 KB)
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Formulario I-765 (DEBE ser presentado con su Formulario I-821D) (PDF, 454.29 KB)
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Instrucciones para Formulario I-765 (en inglés) (PDF, 751.16 KB)
​
Hoja de Trabajo Formulario I-765 (en inglés) (PDF, 243.14 KB)
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Formulario G-1145 para recibir notificación electrónica de USCIS (en inglés) (PDF, 241.37 KB)
Dónde Presentar la Solicitud
El lugar donde presentará su petición dependerá en el estado de su residencia. Verifique las Direcciones de Presentación de Peticiones de Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.
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Consejos de Presentación del Formulario I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia
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Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si no completa los siguientes campos:
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-
Parte 1 – Información Acerca de Usted
-
Petición Inicial o Petición de Renovación
-
Fecha de caducidad de su más reciente periodo de DACA (solo para renovaciones)
-
Apellido
-
Dirección postal en EE.UU.
-
Número de Registro de Extranjero (solo para renovaciones)
-
Fecha de Nacimiento
-
-
Parte 4 – Información sobre Delitos, Seguridad Nacional y Seguridad Pública
-
Debe marcar “Sí” o “No” en las preguntas 1 a la 7.
-
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-
Le recomendamos leer nuestros Consejos para la presentación en Localidades Seguras (Lockbox) de USCIS
​
¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos todo formulario que no esté firmado.
Tarifa de presentación
$85.
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No podemos eximir esta tarifa. También, debe incluir la tarifa de presentación de $410 del Formulario I-765. Use nuestro Calculador de Tarifas (en inglés) para determinar su tarifa de presentación.
I-918, Petición de Estatus U de No Inmigrante
Dónde Presentar la Solicitud
I'm a paragraph. Click here to add your own text and edit me. It's easy.

I-129F, Petición de Prometido o Prometida Extranjero(a)
Use este formulario para solicitar traer su:
-
Prometido(a) (K-1) y sus hijos (K-2) a los EE. UU. para que puedas casarte con tu prometido(a);
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Cónyuge (K-3) y sus hijos (K-4) a los EE. UU. esperar la aprobación de un Formulario I-130 presentado en nombre de su cónyuge y sus hijos y la disponibilidad de una visa de inmigrante.
Fecha de edición
03/21/22. Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior de la página en el formulario y las instrucciones. Las fechas se enumeran en formato mm/dd/aa.
¿Dónde enviar?
File Form I-129F at the USCIS Dallas lockbox.
U.S. Postal Service (USPS):
USCIS
Attn: I-129F
P.O. Box 660151
Dallas, TX 75266-0151
FedEx, UPS, and DHL deliveries:
USCIS
Attn: I-129F (Box 660151)
2501 South State Highway 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067-8003
​
No podemos adjudicar este formulario en las oficinas internacionales de USCIS.
​
Consejos de presentación: Vaya a nuestra presentación de formularios
Página de consejos para obtener información sobre cómo ayudar a garantizar que aceptaremos su formulario.
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Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si faltan estos campos:
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-
Parte 1. Información sobre usted
-
Clasificación buscada para su beneficiario
-
Apellido
Su dirección postal
-
Fecha de nacimiento
-
-
Parte 2. Información sobre su beneficiario
-
Clasificación buscada para el beneficiario
-
Apellido
Fecha de nacimiento
-
No olvides firmar tu formulario.
Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Tarifa de presentación
$535.
Sin embargo, no hay tarifa de presentación para un cónyuge K-3 (como se designa en 8 CFR 214.1(a)(2)) que presenta el Formulario I-129F como cónyuge de un ciudadano estadounidense. ciudadano.
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una caja de seguridad de USCIS, también puede pagar con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre de los EE. UU. Departamento de Seguridad Nacional.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud.
Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
Lista de verificación de evidencia inicial requerida (solo para fines informativos)
No envíe esta lista de verificación con su Formulario I-129F. Es una herramienta opcional para usar mientras prepara su formulario, pero no reemplaza los requisitos legales, reglamentarios y de instrucción del formulario. Le recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y enviar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se solicite específicamente en las instrucciones del formulario o en la normativa aplicable.
Si envía cualquier documento (copias o documentos originales, si se solicita) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés junto con una certificación del traductor que verifique que la traducción es completa y precisa, y que son competentes para traducir de la lengua extranjera al inglés.
​
¿Proporcionó lo siguiente?
-
Evidencia de su U.S. ciudadanía:
-
Una copia de su certificado de nacimiento, emitido por un registro civil, oficina de estadísticas vitales u otra autoridad civil que demuestre que nació en los Estados Unidos;
-
Una copia de su certificado de naturalización o ciudadanía emitido por USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización;
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Una copia del Formulario FS-240, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), emitido por un U.S. Embajada o U.S. Consulado;
-
Una copia de su U.S. pasaporte;
-
Una declaración original de un U.S. oficial consular que verifica que usted es un ciudadano de los EE. UU. ciudadano con pasaporte vigente;
-
Evidencia de que usted o su prometido terminaron legalmente cualquier matrimonio anterior (si corresponde):
-
Sentencia definitiva de divorcio;
-
orden de nulidad; o
-
Certificado de defunción de su cónyuge anterior;
-
Una fotografía a color estilo pasaporte de usted y otra de su prometido(a) tomada dentro de los 30 días posteriores a la presentación de esta petición;
-
Evidencia de cambio de nombre legal (si corresponde); y
-
Evidencia para respaldar una exención de la Ley de regulación de intermediarios matrimoniales internacionales (si corresponde).
Si está solicitando clasificar a su prometido(a) como no inmigrante K-1, ¿proporcionó lo siguiente?
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Evidencia de que usted y su prometido(a) tienen la intención de casarse dentro de los 90 días posteriores a su admisión a los Estados Unidos como no inmigrante K-1; y
-
Evidencia de que conoció a su prometido (a) en persona dentro de los dos años posteriores a la presentación de su Formulario I-129F. Si no se han conocido en dos años, presente evidencia de que reunirse en persona violaría las costumbres estrictas y establecidas desde hace mucho tiempo de la cultura o práctica social extranjera de su prometido (a) o sería una dificultad extrema para el peticionario.
Si está solicitando clasificar a su cónyuge como no inmigrante K-3, ¿proporcionó lo siguiente?
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Una copia del Formulario I-797C, Aviso de acción, que demuestre que ha presentado el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, en nombre de su cónyuge; y
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Un certificado de matrimonio.
I-130, Petición de Familiar Extranjero
Utilice este formulario si es ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR) y necesita establecer su relación con un pariente elegible que desea venir o permanecer en los Estados Unidos de forma permanente y obtener una Tarjeta de residente permanente (también llamada Green Tarjeta).
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Enviar el Formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un pariente elegible a solicitar la inmigración a los Estados Unidos y obtener la Tarjeta Verde. La presentación o aprobación de esta petición no otorga a su familiar ningún estatus o beneficio migratorio.
​
Por lo general, aprobaremos su Formulario I-130 si puede establecer una relación entre usted y su pariente que los califique para inmigrar a los Estados Unidos. Generalmente, una vez que aprobamos la petición, su pariente puede solicitar convertirse en residente permanente legal. Si su pariente ya está en los Estados Unidos y hay una visa disponible, puede ser elegible para obtener su Tarjeta Verde presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
​
Ciertos parientes deben esperar hasta que haya un número de visa disponible antes de poder aplicar. Si su pariente califica como pariente inmediato, una visa de inmigrante siempre está disponible.
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Si su pariente no es elegible para obtener su Tarjeta Verde en los Estados Unidos presentando el Formulario I-485, o si su pariente vive fuera de los Estados Unidos, puede solicitar una visa de inmigrante con el Departamento de Estado de los EE. UU. en la Embajada de los EE. UU. o Consulado en su país. Para obtener más información sobre la inelegibilidad, visite nuestra página Categorías de elegibilidad para la tarjeta verde.
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Al completar el Formulario I-130, Petición de familiar extranjero, asegúrese de que usted (como peticionario) seleccione solo una opción cuando indique que el beneficiario tiene la intención de solicitar el ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos o buscará el procesamiento de la visa en el extranjero. Si el Formulario I-130 aún está pendiente con nosotros y desea cambiar su selección (ya sea para procesamiento consular en el extranjero o ajuste de estatus en los Estados Unidos), puede comunicarse con el Centro de contacto de USCIS y solicitar un cambio. Si desea cambiar su selección después de que ya hayamos aprobado el formulario, es posible que deba presentar el Formulario I-824, Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada.
¿Dónde enviar?
Tiene dos opciones para presentar su petición del Formulario I-130 ante USCIS: ​
• En línea; o
• Por correo (papel).
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El lugar de presentación de su Formulario I-130 depende de dónde viva y si está presentando el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estatus, al mismo tiempo (esto se denomina “presentación concurrente”).
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Presentación de su formulario I-130 en línea: El primer paso es crear una cuenta. Para obtener más información, visite nuestra página Cómo crear una cuenta en línea de USCIS.
Puede presentar el Formulario I-130 en línea incluso si su pariente está en los Estados Unidos y presentará el Formulario I-485 por correo. Una vez que envíe su Formulario I-130 en línea, le enviaremos un aviso de recibo a su cuenta en línea de USCIS. Proporcione una copia del aviso de recibo a su pariente para que la incluya en su paquete del Formulario I-485.
No puede presentar su Formulario I-130 en línea si está solicitando una exención de tarifas.
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No puede presentar el Formulario I-485 o el Formulario I-129F en línea en este momento. Consulte nuestras páginas del Formulario I-485 y el Formulario I-129F para obtener la información de presentación actual y consulte las instrucciones del formulario para obtener instrucciones específicas sobre cómo completar cada uno de estos formularios. Solo aceptaremos y adjudicaremos formularios que se hayan presentado correctamente. No aceptaremos ni adjudicaremos ningún Formulario I-485 o I-129F incluido como evidencia de respaldo para un Formulario I-130 que se presentó en línea.
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Presentación de su formulario I-130 por correo Si reside en los Estados Unidos, presente la solicitud en el Lockbox de Chicago, Dallas, Elgin o Phoenix, según el lugar donde viva y si su pariente también está presentando el Formulario I-485 al mismo tiempo. Para obtener una lista completa de direcciones, visite nuestra página Direcciones de presentación directa para el Formulario I-130.
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Si reside fuera de los Estados Unidos, puede:
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Presentar en la caja de seguridad de Elgin de USCIS (consulte nuestra página Direcciones de presentación directa para el Formulario I-130 para obtener la dirección);
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Presente en línea usando el sitio web de USCIS; o
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Solicitud para presentar en la Embajada o Consulado de los EE. UU. en ciertas circunstancias limitadas, como se describe en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 6, Parte B, Capítulo 3, si es ciudadano de los EE. UU. y está presentando su Formulario I-130 para su pariente inmediato ( su cónyuge, su hijo soltero menor de 21 años o su padre (si tiene 21 años o más)). Para obtener una lista de las embajadas y consulados de EE. UU., visite el sitio web del Departamento de Estado.
​
Consejos para la presentación del Formulario I-130, Petición de familiar extranjero :
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si faltan estos campos:
Parte 1 – Relación
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Parte 2: información sobre usted Tu nombre completo Fecha de nacimiento Dirección de envio Su información marital
​
Parte 3: información sobre el beneficiario Nombre completo del beneficiario Fecha de nacimiento Dirección física del beneficiario Información civil del beneficiario
¡No olvides firmar tu formulario! Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Tarifa de presentación
$535
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una caja de seguridad de USCIS, también puede pagar con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre de los EE. UU. Departamento de Seguridad Nacional.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud.
Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia
I-751, Petición para eliminar las condiciones de residencia
Utilice este formulario si es un residente permanente condicional que obtuvo el estatus a través del matrimonio y desea solicitar la eliminación de las condiciones de su estatus de residente permanente.
¿Dónde enviar?
Para obtener una lista completa de direcciones, visite nuestra página Direcciones de presentación directa para el Formulario I-751.
No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
Consejos para la presentación: Vaya a nuestra página de Consejos para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo asegurarse de que aceptaremos su formulario.
Cuándo Presentar:Utilice nuestra Calculadora de Presentación para determinar su fecha de presentación de 90 días.
Tarifa de presentación
$595.
Debe pagar una tarifa de servicio biométrico de $85 por cada persona que solicite eliminar las condiciones de su residencia en el mismo formulario. Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa. Rechazaremos los formularios enviados con tarifas incorrectas o incompletas.
Puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja. Al realizar la presentación en una instalación de caja de seguridad de USCIS, también puede pagar con tarjeta de crédito utilizando el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud.
I-131, Solicitud de Documento de Viaje
Use este formulario para solicitar un permiso de reingreso, documento de viaje de TPS, documento de permiso adelantado de viaje (incluido el permiso de entrada a los Estados Unidos por razones humanitarias), o permiso adelantado de viaje para los residentes a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
Si usted presenta este formulario para solicitar un documento de permiso adelantado de viaje y sale de Estados Unidos sin tener un documento de permiso adelantado de viaje que sea válido por todo el tiempo que estará en el extranjero, consideraremos que usted abandonó su Formulario I-131.
Si usted presenta este formulario para solicitar un documento de permiso adelantado de viaje para los residentes a largo plazo de CNMI sin tener un documento de permiso adelantado de viaje y sale del CNIMI sin tener un documento de permiso adelantado de viaje, su estatus será cancelado de manera automática.
​
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¿Dónde enviar?
Por favor, verifique las Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje para obtener información acerca de dónde enviar su solicitud por correo postal. Las solicitudes no enviadas a la dirección directa apropiada podrían experimentar demoras en el procesamiento.
Consejos de Presentación: Visite nuestra página web de Consejos para la Presentación de Formularios para más información sobre cómo ayudarlo a asegurar que aceptaremos su formulario.
​
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si estas casillas están en blanco:
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Parte 1 – Información Acerca de Usted
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Apellido
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Dirección Física
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Fecha de Nacimiento
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Parte 2 – Tipo de Solicitud
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1.a. – 1.f.
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Apellido (Si selecciona 1.f.)
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Dirección Física (si selecciona 1.f.)
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¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Tarifa de presentación

Cuando usted envía un pago, acuerda pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y de datos biométricos son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su petición.
Si usted presenta su solicitud en una localidad segura (lockbox) de USCIS o centro de servicio: Pague la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de caja, o con una tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjetas de Crédito. Si paga con cheque, debe hacer su cheque pagadero a U.S. Department of Homeland Security (en inglés). Use nuestro Calculador de Tarifas para determinar su tarifa.
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Si presenta su solicitud en una oficina local: Usted no puede pagar tarifas con un giro postal o cheque de caja si presenta su solicitud en una oficina local. Solo puede pagar con cheque personal, tarjeta de débito, tarjeta de crédito, o tarjeta de débito/crédito prepago recargables.
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No tiene que pagar una tarifa adicional por el Formulario I-131 si:
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Presenta el Formulario I-131, Solicitudes Tipos B o D;
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Presentó un Formulario I-485 con una tarifa de presentación en o después del 30 de julio de 2007; y
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Su formulario aún está en trámite.
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Para solicitudes de Documentos de Viaje de Refugiados presentadas desde fuera de Estados Unidos, usted debe pagar la(s) tarifa(s) de presentación correspondientes al cajero de la oficina internacional de USCIS, embajada o consulado de EE. UU. que tiene jurisdicción sobre su localidad. Por favor, vea la página web de la embajada o consulado correspondiente para confirmar la forma aceptable de pago. Incluya el recibo de tarifa de la embajada o consulado de Estados Unidos cuando presente su paquete de solicitud completo.
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Por favor, no envíe efectivo, cheques personales, o cheques de viajero. Si no incluye un recibo de tarifa cuando presente su formulario, rechazaremos su solicitud.
I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
Dónde Presentar la Solicitud
El lugar donde presentará su formulario depende de la categoría de elegibilidad, dónde usted reside, y si también va a presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, al mismo tiempo (conocido como presentación concurrente o “concurrent filing”, en inglés). Para una lista completa de las direcciones, visite nuestra página Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-360.
Autopeticionarios: Cónyuges, Hijos y Padres Bajo VAWA Presente su Formulario I-360 en el Centro de Servicios de Vermont. Para más información, visite nuestra página web Presentación Directa del Formulario I-360.
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Joven Inmigrante Especiales (SIJ, por sus siglas en inglés) El lugar donde presentará su Formulario I-360 depende de su categoría de elegibilidad. Para más información, visite nuestra página web de Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-360.
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No olvide firmar su formulario.
Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Tarifa de presentación
$435.
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Sin embargo, usted está exento en pagar la tarifa de presentación si es:
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Amerasiático; (Casilla 1.A. en el formulario);
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Autopeticionario VAWA que es el cónyuge de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal maltratante (Casilla 1.I. o Casilla 1.J. del formulario);
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Autopeticionario VAWA que es el hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal maltratante (Casilla 1.J. del formulario);
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Autopeticionario VAWA que es el padre de un hijo (a) ciudadano estadounidense maltratante (Casilla 1.L. o Casilla 1.M. del formulario);
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Joven Inmigrante Especial (Casilla 1.C. del formulario);
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Nacional que proviene de Irak que trabajó para o a nombre del gobierno estadounidense en Irak (Casilla I.L. o Casilla I.M. del formulario), o
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Nacional que proviene de Afganistán que trabajó para o a nombre del gobierno estadounidense en Afganistán (Casilla 1.L. o Casilla 1.N. del formulario).
Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. Cuando vaya a presentar su solicitud en una Localidad Segura de USCIS, también puede pagar con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security.
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Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.
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Si se le requiere pagar una tarifa de presentación por su petición o no puede presentar el formulario electrónicamente, usted aún puede presentar el Formulario I-360 por correo postal según indican las instrucciones del formulario.
I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción
Utilice este formulario para solicitar asilo en los Estados Unidos y para la suspensión de expulsión (anteriormente llamada “suspensión de deportación”). Puede solicitar asilo si se encuentra físicamente en los Estados Unidos y no es un residente de los EE. UU. ciudadano.
NOTA: Si no presenta el Formulario I-589 dentro de un año de su llegada a los Estados Unidos, es posible que no sea elegible para solicitar asilo bajo la sección 208(a)(2)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (EN UN).
Fecha de edición
07/26/22. A partir de noviembre 7, 2022, solo aceptaremos la edición del 26/07/22. Hasta entonces, también puedes usar la edición del 25/08/20.
Puede encontrar la fecha de edición en la parte inferior de la página en el formulario y las instrucciones. Las fechas se enumeran en formato mm/dd/aa.
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Si necesita ayuda para descargar e imprimir formularios, lea nuestras instrucciones.
¿Dónde enviar?
Inmediatamente antes de presentar el Formulario I-589: si se le ha emitido un Número de extranjero (Número A), debe realizar el siguiente paso antes de presentar su Formulario I-589. El número A comienza con la letra "A" y le siguen ocho o nueve dígitos. Este número está impreso en toda la correspondencia del DHS y la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). Llame a la línea directa de información de casos automatizada de la EOIR al (800) 898-7180 ​​(TDD 800-828-1120) (llamada gratuita en los Estados Unidos) o (304) 625-2050 (llamada local), o verifique la EOIR Sistema automatizado de información de casos en línea en https://acis.eoir.justice.gov/en/
Si la línea directa o el sistema en línea de la EOIR tienen información sobre su nombre y la fecha de la próxima audiencia, entonces su caso ha sido presentado y registrado en la EOIR y debe presentar su Formulario I-589 ante la EOIR. La línea directa de EOIR o el sistema en línea le proporcionarán una dirección de la corte de inmigración donde debe presentar su Formulario I-589. También puede encontrar información sobre la corte de inmigración en justice.gov/eoir/eoir-immigration-court-listing. Si presenta su Formulario I-589 en cualquier lugar que no sea el tribunal identificado por la línea directa de EOIR o el sistema en línea, EOIR rechazará su Formulario I-589 y le enviará un aviso que especifica la dirección donde debe presentar su Formulario I-589. Si presenta su Formulario I-589 con USCIS, podemos rechazar su Formulario I-589.
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Si la línea directa de EOIR o el sistema en línea indican que su Número A no coincide con un registro en el sistema, o si nunca se le ha emitido un Número A, entonces debe presentar su Formulario I-589 con USCIS. Consulte el cuadro a continuación para obtener información sobre dónde presentar su Formulario I-589 con USCIS. Si presenta su Formulario I-589 con EOIR y la corte no tiene registro de su Número A, la corte de inmigración rechazará y devolverá su Formulario I-589.
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Si anteriormente hubiera presentado su Formulario I-589 en una oficina de asilo local: Ahora debe presentar su Formulario I-589 en el Centro de verificación de antecedentes de asilo en Atlanta, Georgia. Consulte la sección Instrucciones especiales para obtener más información.
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Presente su solicitud ante el:
U.S. Postal Service (USPS), FedEx, UPS, and DHL deliveries:
USCIS TSC
Attn: I-589
6046 N Belt Line Rd. STE 589
Irving, TX 75038-0018
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si vives en:
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Alabama
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Arkansas
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Colorado
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District of Columbia
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Florida
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Georgia
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Louisiana
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Maryland
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Mississippi
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New Mexico
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North Carolina
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Oklahoma
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Pennsylvania counties of Allegheny, Armstrong, Beaver, Bedford, Blair, Bradford, Butler, Cambria, Clarion, Clearfield, Crawford, Elk, Erie, Fayette, Forest, Greene, Indiana, Jefferson, Lawrence, McKean, Mercer, Somerset, Venango, Warren, Washington, and Westmoreland
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Puerto Rico
-
South Carolina
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Tennessee
-
Texas
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U.S. Virgin Islands
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Utah
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Virginia
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West Virginia
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Wyoming
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Presente su solicitud ante el:
U.S. Postal Service (USPS):
California Service Center
P.O. Box 10881
Laguna Niguel, CA 92607-0881
FedEx, UPS, or DHL:
USCIS California Service Center
Attn: I-589
24000 Avila Road
2nd Floor, Room 2312
Laguna Niguel, CA 92677
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si vives en:
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Arizona
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California counties of Imperial, Los Angeles, Orange, Riverside, San Bernardino, San Diego, Santa Barbara, San Luis Obispo, or Ventura
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Connecticut
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Delaware
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Guam
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Hawaii
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Maine
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Massachusetts
-
Nevada counties of Clark, Esmerelda, Nye or Lincoln
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New Hampshire
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New Jersey
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New York
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Pennsylvania counties that are not listed above
-
Rhode Island
-
Vermont
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Presente su solicitud ante el:
U.S. Postal Service (USPS):
Nebraska Service Center
P.O. Box 87589
Lincoln, NE 68501-7589
FedEx, UPS, or DHL:
USCIS Nebraska Service Center
Attn: I-589
850 S Street
Lincoln, NE 68508
si vives en:
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Alaska
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California counties that are not listed above
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Idaho
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Illinois
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Indiana
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Iowa
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Kansas
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Kentucky
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Michigan
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Minnesota
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Missouri
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Montana
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Nebraska
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Nevada counties that are not listed above
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North Dakota
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Ohio
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Oregon
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South Dakota
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Washington
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Wisconsin
I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente (Green Card)
Use este formulario para reemplazar su Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como su Tarjeta Verde).
Antes de presentar su I-90, verifique si es elegible para convertirse en ciudadano estadounidense.
¿Dónde enviar?
Tiene dos opciones para presentar su solicitud del Formulario I-90 ante USCIS:
En línea;
o Por correo (papel).
Presentación de su Formulario I-90 en línea Debe crear una cuenta en línea de USCIS para presentar su formulario en línea. Tener una cuenta en línea también le permitirá:
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Pague su tarifa de presentación en línea; Consultar el estado de su caso;
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Recibir notificaciones y actualizaciones de casos;
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Ver estimaciones personalizadas de fechas de finalización de casos;
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Responder a las solicitudes de prueba;
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y Administre su información de contacto, incluida la actualización de su dirección.
Abogados y representantes acreditados: También puede crear una cuenta en línea, que le permitirá administrar todas las solicitudes de sus clientes en un solo lugar.
No puede presentar su Formulario I-90 en línea si está solicitando una exención de tarifas.
Presentación de su Formulario I-90 por correo
Envíe su solicitud en papel a las siguientes direcciones:
Servicio Postal de los Estados Unidos
USCIS
Attn: I-90
P.O. Box 21262
Phoenix, AZ 85036-1262
Envíos por FedEx, UPS y DHL:
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USCIS
Attn: I-90 (Box 21262)
1820 E. Skyharbor Circle S
Suite 100
Phoenix, AZ 85034-4850
Las solicitudes y peticiones que no se envían por correo al lugar de presentación adecuado pueden experimentar demoras en el procesamiento.
Consejos para la presentación: Vaya a nuestra página de Consejos para la presentación de formularios para obtener información sobre cómo asegurarse de que aceptaremos su formulario.
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si faltan estos campos:
Parte 1: información sobre usted
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Apellido
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Dirección de envio
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Fecha de nacimiento
No olvides firmar tu formulario. Rechazaremos cualquier formulario sin firmar.
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Si presenta el Formulario I-90 en papel, escanearemos los documentos en nuestro sistema para su procesamiento electrónico. Si aún no tiene una cuenta en línea de USCIS, crearemos una para usted una vez que recibamos su solicitud en papel. Recibirá un Aviso de aceptación de cuenta de USCIS con instrucciones sobre cómo acceder a su cuenta en línea de USCIS.
Nota para abogados y representantes acreditados: solo debe tener una cuenta de representante en línea de USCIS. Cuando reciba un Aviso de aceptación de cuenta para un formulario en papel presentado en una caja de seguridad de USCIS para su cliente, asegúrese de ingresar la misma información personal que proporcionó en el Formulario G-28, Aviso de entrada de comparecencia como abogado o representante acreditado, presentado con la solicitud, petición o solicitud original de su cliente. Si la información que utiliza para acceder a su cuenta de representante en línea no coincide con la información que proporcionó en el Formulario G-28, es posible que no pueda acceder al caso de su cliente.
Incluso si no usa su cuenta en línea de USCIS, continuaremos procesando su Formulario I-90 debidamente completado y firmado. Recibirá notificaciones y actualizaciones sobre su solicitud por correo a través del Servicio Postal de EE. UU. Si necesita ayuda, comuníquese con el Centro de contacto de USCIS.
Si desea recibir una notificación electrónica cuando aceptemos su Formulario I-90 en las instalaciones de la caja de seguridad de USCIS, complete el Formulario G-1145, Notificación electrónica de aceptación de solicitud/petición, y adjúntelo a la primera página de su solicitud. Puede continuar recibiendo actualizaciones sobre el estado de su caso creando una cuenta en línea de USCIS.
Si se muda, debe actualizar su dirección con USCIS. Puede hacerlo a través de su cuenta en línea de USCIS o presentando el Formulario AR-11, Tarjeta de cambio de dirección de extranjero (en línea o por correo).
Tarifa de presentación
$455.
(ver Instrucciones Especiales para excepciones). También se puede requerir una tarifa de servicios biométricos de $85. Consulte también las Instrucciones especiales a continuación para ver la tabla "Tarifas de presentación por motivo de la solicitud".
Si presenta su Formulario I-90 por correo (papel), puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, cheque de caja o con tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización para transacciones con tarjeta de crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo a nombre del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.
Cuando envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud, petición o solicitud, o si retira su solicitud. Use nuestra Calculadora de tarifas para ayudar a determinar su tarifa.
Si está presentando el Formulario I-90 porque nunca recibió su Tarjeta Verde, no tiene que pagar una tarifa de presentación siempre que cumpla con estos criterios:
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Enviamos la tarjeta por correo hace más de 30 días;
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Nos fue devuelto como imposible de entregar; y
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No se ha mudado de la dirección que nos proporcionó. ​
Sin embargo, debe presentar:
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Una copia del Formulario I-797, Notificación de Acción, para el formulario que USCIS aprobó para otorgarle su Tarjeta Verde; por ejemplo, Formulario I-485, Formulario I-751, Formulario I-829 o Formulario I-90;
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Una copia de una identificación emitida por el gobierno que contenga su nombre, fecha de nacimiento, fotografía y firma.
Si está presentando el Formulario I-90 porque su tarjeta verde actual contiene información incorrecta debido a un error del Departamento de Seguridad Nacional, como un nombre mal escrito, no tiene que pagar una tarifa de presentación. Sin embargo, debe enviarnos:
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La tarjeta original que contiene la información incorrecta; y
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Evidencia que documente su nombre correcto o información biográfica.

I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
Algunos no ciudadanos que están en Estados Unidos pueden utilizar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para solicitar una autorización de empleo y un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
Otros no ciudadanos cuyos estatus migratorios les autorizan a trabajar en Estados Unidos sin restricciones también pueden utilizar el Formulario I-765 para solicitar un EAD para demonstrar dicha autorización.
¿Dónde enviar?
La dirección de presentación dependerá de la razón por la cual usted está haciendo la solicitud y la categoría de elegibilidad que usted escribió en la pregunta 27. Para obtener una lista de direcciones, verifique las Direcciones de Presentación del Formulario I-765. Si va a reemplazar una tarjeta que contiene información incorrecta, por favor, vea la pestaña de Instrucciones Especiales a continuación. Si presenta su solicitud en una localidad segura (lockbox) de USCIS, lea nuestros consejos para la presentación de solicitudes.
¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Tarifa de presentación
$410.
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Usted podría estar exento de pagar la tarifa de presentación. Vea las instrucciones del formulario para más información.
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Usted debe pagar una tarifa de $85 por concepto de servicios biométricos, si presenta su solicitud bajo una de las siguientes categorías de elegibilidad:
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(c)(35) Es un beneficiario de una petición de inmigrante basada en el empleo que enfrenta circunstancias apremiantes;
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(c)(36) Es el cónyuge o hijo soltero dependiente de un beneficiario de una petición de inmigrante basada en el empleo que enfrenta circunstancias apremiantes, o
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(c)(37) Solicitante de estatus de residente a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
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Solicitantes bajo la categoría (c)(33): No hay exenciones de tarifas. Solo hay exenciones en circunstancias limitadas. Por favor, vea la página web de Consejos para la Presentación de Peticiones de DACA para presentaciones de tarifas de los Formularios I-765 y I-821D relacionados con DACA.
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Solicitantes bajo la categoría (c)(37): No hay una exención de tarifas para la tarifa de base ($410) de su Formulario I-765 o para los servicios biométricos ($85).
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No se aplican tarifas de servicios biométricos a ninguna otra categoría de elegibilidad.
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No hay una tarifa de presentación ni tarifa de servicios biométricos para ninguna otra categoría de elegibilidad para el Formulario I-765 inicial presentado por un miembro o exmiembro del servicio militar que fue recibió un permiso de permanencia temporal (“parole”) en Estados Unidos bajo la Iniciativa de Miembros Militares y Veteranos Inmigrantes (IMMVI). Por favor, escriba “IMMVI” en la parte superior del Formulario I-765 para obtener una exención de tarifa de presentación y presente documentación que demuestre el servicio militar actual o anterior, tal como el Certificado de Separación o Licenciamiento del Servicio Activo (Formulario DD214) o Informe de Separación y Registro de Servicio de la Guardia Nacional (Formulario 22 NGB), u otro documento oficial de servicio o descarga.
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Usted puede pagar la tarifa de presentación con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. Cuando vaya a presentar su solicitud en una Localidad Segura de USCIS, también puede pagar con una tarjeta de crédito por medio del Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security.
Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.
I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a los Estados Unidos Después de Haber sido Deportado o Removido
Si usted resulta inadmisible bajo la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), utilice este formulario para pedir el consentimiento para volver a solicitar admisión a los Estados Unidos, para que pueda regresar legalmente a los Estados Unidos. En inglés, este consentimiento también es conocido como “permission to reapply”.
Dónde Presentar la Solicitud
Por favor, consulte nuestra página web de Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-212 para determinar dónde debe presentar su Formulario.
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Si usted es un solicitante que presenta el Formulario I-212 ante el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), ahora puede presentar su solicitud de manera electrónica a través del Sistema Electrónico para la Adjudicación Segura de Formularios (e-SAFE). La presentación en persona sigue disponible en los puertos de entrada designados de CBP o en las localidades de preautorización. Haga una búsqueda por “Form 212” o “I-212” para información adicional en la página web de CBP si usted:
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Desea obtener admisión en calidad de no inmigrante en un puerto de entrada estadounidense pero no se le requiere obtener una visa de no inmigrante, o
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Es un solicitante de una visa de no inmigrante (que no sea una visa de no inmigrante K, T, U o V) en un consulado estadounidense (Departamento de Estado).
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Si usted está en procesos de remoción, siga las instrucciones especiales de presentación de solicitudes que se le dieron en la corte de inmigración. También debe leer cuidadosamente la información del Formulario I-212 y de las direcciones de presentación directa de dicho formulario. Para más información sobre cómo obtener beneficios de inmigración mientras está en procesos de remoción, vea nuestra página web de Beneficios de Inmigración en Procesos de Remoción de EOIR (en inglés).
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Solo adjudicamos solicitudes que hayan sido presentadas correctamente con USCIS. No adjudicamos solicitudes que deben ser presentadas con CBP o la Oficina Ejecutiva de Revisiones de Casos de Inmigración (EOIR).
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Consejos para la presentación: Visite nuestra página web de Consejos para la Presentación de Formularios para información sobre cómo ayudarlo a asegurar que aceptaremos su formulario.
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si estas casillas están en blanco:
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Apellido
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Su Dirección Postal
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¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos cualquier formulario que no esté firmado.
Tarifa de presentación
$930.
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Cuando usted envía un pago, acepta pagar un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación son finales y no reembolsables, sin importar cualquier acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud.
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Si presenta su solicitud en un centro de servicio o una localidad segura (lockbox) de USCIS: Pague la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero, o con una tarjeta de crédito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.
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Si presenta su solicitud en una oficina local: Usted no puede pagar tarifas con un giro postal o cheque de caja si presenta su solicitud en una oficina local. Solo puede pagar con cheque personal, tarjeta de débito, tarjeta de crédito, o tarjeta de débito/crédito prepago recargables.
Si presenta su solicitud con CBP: Comuníquese con CBP para determinar si usted debe asistir a una cita de servicios biométricos. Lea las instrucciones del Formulario I-212 sobre instrucciones especiales de pagos. Puede encontrar información relacionada al pago en el sitio web de CBP (haga una búsqueda por “Form 212” o “I-212”).
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Si presenta su solicitud con EOIR: Lea las instrucciones del Formulario I-212 y las instrucciones de presentación de solicitud antes de una orden que recibió en la corte para determinar cómo enviar el pago.